Reducir Pensión Alimentos: Claves y Proceso Legal

Mira, si tienes que pagar la pensión de alimentos y te han pegado un palo con el trabajo o el negocio, entiendo perfectamente esa angustia. Ves que la nómina ya no es la misma que cuando te divorciaste, pero la obligación de la pensión sigue ahí, inamovible. Tienes la sensación de que trabajas solo para eso y a ti no te queda para nada. Es una situación muy jodida, de verdad. Lo que necesitas saber es que la ley no es ciega a tu realidad y existe un mecanismo para ajustarla: se llama procedimiento de modificación de medidas.

¿Qué se necesita para tocar la pensión de alimentos?

La ley es clara, aunque a veces dura, en que la pensión de alimentos es sagrada porque es un derecho de tus hijos. No es un capricho. Por eso, para que un Juez te dé luz verde y te permita pagar menos, no vale solo con decir «estoy mal». Hay que demostrar, con pruebas contundentes, que tus circunstancias han cambiado de forma significativa. En el argot técnico, hablamos de alteración sustancial de las circunstancias que se tuvieron en cuenta en la sentencia inicial.

  • El golpe tiene que ser serio: No vale que hayas tenido un mes malo o que te hayan bajado un poquito el sueldo. Tiene que ser una reducción de ingresos importante. Imagínate, te despiden de un trabajo estable de toda la vida. O tu negocio, que antes iba como un tiro, ahora está en números rojos.

  • La cosa tiene que ir para largo: La disminución de ingresos tiene que ser permanente, o con visos de serlo. Si te quedas en el paro, pero tienes una oferta de trabajo para dentro de dos semanas, el Juez va a decir que apechugues. No puede ser un bache temporal de dos o tres meses. ¿Y ahora qué hacemos? Demostrar que tu capacidad económica actual no te permite seguir cubriendo la cuantía pactada sin desatender tus propias necesidades básicas. (Que tú también tienes derecho a comer, por muy obligado que estés).

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El lío de los papeles: ¿Cómo se inicia el procedimiento de modificación de medidas?

Cuando ya no puedes más, toca armar el taco de papeles y empezar la guerra legal.

Formalmente, tienes que presentar una demanda de modificación de medidas definitivas. Es un procedimiento en el que se cita al otro progenitor (el que recibe la pensión) y al Ministerio Fiscal (que siempre vela por los intereses de los menores). ¿Te suena, verdad?

La clave está en la prueba. Aquí no vale el «me han dicho» o el «creo que voy a ganar menos». Tienes que traer los documentos:

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  • Si te han echado: Carta de despido, certificado de vida laboral, documentación del SEPE o de tu prestación por desempleo.

  • Si eres autónomo: Declaraciones de la Renta, trimestrales (Modelo 130 o 303), contabilidad que refleje esa bajada de facturación. Todo lo que demuestre que la caja ya no está igual.

  • Tu situación actual: Tienes que probar también lo que pagas de alquiler o hipoteca, tus gastos fijos. Hay que hacer un ejercicio de transparencia económica absoluta para que el Juez vea el agujero.

¿Y si nos llevamos bien? (Que ya es raro, pero puede pasar). Si la otra parte está de acuerdo en bajarte la pensión, podéis evitar el lío del juicio. Se presenta un convenio regulador modificado y la sentencia puede salir por la vía del mutuo acuerdo. Esto es mucho más rápido, menos traumático y, sinceramente, más barato. Si podéis evitar la pelea, mejor. Pero si la otra parte se pone cabezona, toca ir a pleito.

No te precipites: Consejos de una experta

Mira, he visto muchas veces a gente intentando hacer esto por su cuenta. Presentan la demanda a destiempo, sin la prueba suficiente, o de forma tan enrevesada que es imposible entender la realidad económica. Es un error.

Una pensión de alimentos no se reduce sin un Auto o una Sentencia que lo diga. Si dejas de pagar o pagas menos por tu cuenta, automáticamente estás incurriendo en un incumplimiento de sentencia. Y el otro progenitor te puede meter un procedimiento de ejecución forzosa, que es cuando te embargan la cuenta o la nómina sin piedad para cobrar lo que debes. ¡Ojo con esto! Es la peor estrategia.

La sentencia solo se puede cambiar por otra sentencia (o un Auto), nunca por tu voluntad.

Antes de dar un paso en falso, que te puede costar un disgusto y mucho dinero, mejor que me cuentes tu caso concreto con un café. Pásate por el despacho de Roquetas de Mar con los papeles delante y vemos si la reducción que pides tiene un fundamento jurídico sólido y si merece la pena pelearlo. Tienes que ir con todas las garantías para no salir perdiendo dos veces.

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