Vacaciones con niños tras el divorcio: ¿Quién paga y qué hago si mi ex incumple?

Mira, que se acerquen el verano, la Semana Santa o la Navidad y que solo te dé ansiedad, eso no es vida. Las vacaciones deberían ser alegría, pero si estás separada o divorciado, se convierten en la madre de todas las batallas logísticas. ¿Quién se queda con los críos? ¿Qué días? ¿Pago yo o pagas tú el campamento?

No es solo una cuestión de mal rollo, es que te juegas el bienestar de los niños (y tu salud mental). El convenio que firmaste en su día parece escrito en chino, y lo que era un acuerdo de buena fe, se vuelve un papel que te tira a la cara tu expareja. Tranquilidad, que vamos a ver qué hay que hacer antes de que te entre el pánico.


¿Qué pasa si mi ex no me da a los niños el día que toca? El famoso «Incumplimiento»

Esta es la pregunta del millón, la que te quita el sueño. Tienes tu quincena firmada en el calendario, has comprado los billetes para ir a la playa… y te dicen que no, que hasta el jueves nada. ¿Y ahora qué hacemos?

La ley, en este punto, es muy clara: el Convenio Regulador o la Sentencia de Divorcio es una orden judicial, no una sugerencia.

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  • Técnicamente: Esto es un incumplimiento del régimen de visitas. Cuando el incumplimiento es reiterado o grave, el camino es pedir la ejecución forzosa del título judicial. (Que suena a película de acción, pero es real).
  • En lenguaje Almeriense: Que si le toca a uno y se niega a entregarlos, tienes derecho a ir al Juzgado a que el Juez le obligue a cumplir. Lo importante es que quede constancia del intento: un WhatsApp, un email… pero mejor aún si tienes la prueba de que fuiste a recogerlos y te cerraron la puerta (siempre con cabeza y sin montar el pollo).

(Ojo, que no te vas a llevar a la Guardia Civil al portal, pero la amenaza de la ejecución suele poner las pilas, te lo aseguro).

El reparto de gastos de vacaciones: ¿Quién paga el hotel o el campamento de verano?

Aquí es donde se lía parda. Una cosa es que te toque el mes de agosto y otra es que debas asumir todos los gastos extraordinarios que surjan durante ese mes. ¿Te suena, verdad?

¿Son los viajes y campamentos un gasto extraordinario?

No todos los gastos son iguales. Hay que distinguir:

  1. Gastos Ordinarios: La comida, la ropa habitual, los gastos de la casa… Esos ya están cubiertos, en principio, por la pensión de alimentos.
  2. Gastos Extraordinarios: Son imprevistos, necesarios o no periódicos (el dentista, las gafas, la excursión del cole).

Para las vacaciones:

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  • Lo normal (y lo sensato): Si un padre planifica unas vacaciones o un campamento voluntario para su periodo vacacional, lo asume él. Si yo me los llevo a Disneyland París, es mi capricho, no puedo pasarte la factura de las entradas a ti.
  • El matiz del Juzgado: Si es un campamento de verano que ambos acordáis que es beneficioso (por ejemplo, para conciliar) y que está pactado como gasto extraordinario por mitad en el convenio, entonces sí se paga entre los dos.

Mi recomendación: Revisa la cláusula de gastos extraordinarios de tu convenio. Si no dice nada sobre los campamentos, considera que es un gasto del progenitor que lo disfruta. Y si no hay manera de ponerse de acuerdo, deja constancia escrita de tu postura y lo vemos con un café. No te tires el farol si no estás segura de lo que dice el papel.

¿Y si quiero llevarlos de vacaciones fuera de España? El «permiso» legal.

Quieres irte a Portugal, a Marruecos o a la otra punta del mundo. Tu expareja dice que no, que es muy lejos y que no se fía. Esto no es solo una discusión, es una cuestión de Patria Potestad.

  • Patria Potestad vs. Custodia: La custodia regula con quién viven los niños día a día; la Patria Potestad es el conjunto de deberes y derechos sobre los hijos (educación, salud, residencia). Sigue siendo de los dos, aunque tengas la custodia tú sola.

Si la salida del país no está expresamente autorizada en vuestro convenio o es un destino que levanta sospechas justificadas, necesitas el consentimiento del otro progenitor.

  • La Vía Procesal (El Maltrago): Si tu ex se opone sin motivo justificado, no te queda otra que ir al Juzgado con lo que se llama un expediente de jurisdicción voluntaria para solicitar un permiso judicial. Es un proceso rápido (dentro de lo que cabe) donde el Juez decide si el viaje se hace o no, sopesando el interés superior del menor. No lo dejes para dos semanas antes del vuelo, que no da tiempo.

Separarse no te convierte en un robot ni te quita el derecho a descansar. Y sí, es un rollo tener que ir con el Convenio Regulador debajo del brazo como si fuera la Biblia, pero es tu protección.

Recuerda: la flexibilidad es el pegamento de un buen acuerdo post-divorcio. Ser un poco flexible hoy te ahorra un disgusto tremendo en el Juzgado mañana. Y lo más importante, tus hijos no tienen la culpa de que no te hables con su otro padre o madre.

¿Sueles tener estas discusiones cada vez que se acerca un puente o el verano? ¿Te ha llegado un burofax amenazándote con una ejecución por un día?

Mira, antes de que le contestes por WhatsApp con el corazón, escríbeme con la cabeza. Me cuentas tu caso exacto, vemos qué dice exactamente tu convenio y te digo si merece la pena entrar en guerra o si es mejor poner la otra mejilla.

No me lo dejes enfriar. Pásate por el despacho o agendamos una videollamada y salimos de dudas. El verano está para disfrutarlo, no para pelearlo.

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