El mito del despido libre cuando la empresa recibe incentivos fiscales

Mirar el móvil y encontrarte con un burofax de la empresa nunca es plato de buen gusto. Pero cuando tienes una discapacidad reconocida, llevas años dándolo todo y sabes perfectamente que la empresa se está ahorrando una pasta en la Seguridad Social gracias a tu contrato bonificado, ese despido no solo duele; se siente como una traición absoluta. Legalmente, la extinción del contrato de un empleado con diversidad funcional bajo bonificaciones fiscales requiere una justificación blindada. Si la empresa alega causas genéricas como «bajada de rendimiento» o «motivos económicos» sin demostrar una causa real y objetiva no relacionada con tu salud, nos encontramos ante un despido nulo por discriminación, lo que te da derecho a la readmisión inmediata, el abono de los salarios de tramitación y una indemnización por daños morales.

Muchos empresarios en la provincia de Almería creen que por pagar una indemnización de 20 o 33 días por año trabajado ya tienen barra libre para despedir a quien quieran. Se equivocan. La legislación actual y la jurisprudencia europea protegen con uñas y dientes a los trabajadores especialmente vulnerables.

El mito del despido libre cuando la empresa recibe incentivos fiscales

Hay una creencia muy peligrosa en los polígonos industriales y en los despachos de Roquetas: pensar que la indemnización lo cura todo. Si tu contrato está asociado a una bonificación de las cuotas de la Seguridad Social por discapacidad, la empresa firmó un compromiso. No solo están recibiendo un dinero público para fomentar tu inclusión laboral, sino que están obligados a cumplir ciertos requisitos de estabilidad.

¿Qué pasa si te echan de la noche a la mañana alegando que «las cosas van mal»? Pues que la ley exige un rigor extremo. En el ámbito del derecho laboral, hablamos de la inversión de la carga de la prueba. Esto significa que si tú aportas un indicio mínimo de que te están echando por tu situación de salud o por tu grado de discapacidad, no eres tú quien tiene que demostrar que te han discriminado. Es el jefe el que tiene que sudar la camiseta ante el juez para demostrar que el despido es pulcro, objetivo y que habría despedido exactamente igual a un trabajador sin discapacidad en tu misma situación. (Y te aseguro que casi nunca pueden demostrarlo).

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Cuando una empresa tramita este tipo de bajas de forma unilateral y sin una causa de peso (como una falta muy grave y real), se arriesga no solo a que el juez les tire el despido a la cara, sino a tener que devolver hasta el último céntimo de las bonificaciones recibidas al Servicio Público de Empleo. El miedo a perder ese dinero es la mejor palanca que tenemos para defender tus derechos.

Del despido improcedente a la nulidad radical por discriminación

Aquí es donde la mayoría de la gente se pierde y donde muchos asesores generalistas meten la pata. Te llega la carta, vas a la conciliación en el CMAC de Almería, la empresa te reconoce la improcedencia y te pone el cheque de los 33 días sobre la mesa. «Ya está, Verónica, me han pagado lo que toca», me dicen a veces con cara de resignación.

Pues no. No nos conformamos con las migajas si hay base para ir a por todas.

  • La improcedencia: Es el camino fácil para la empresa. Admiten que el despido no está bien justificado, te pagan la indemnización legal y te vas a la calle. Fin de la historia.

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  • La nulidad por vulneración de derechos fundamentales: Esto es el terreno de juego que nos interesa. Si demostramos que el trasfondo de tu salida es tu discapacidad o tus bajas médicas acumuladas (lo que técnicamente roza el concepto de enfermedad de larga duración equiparable a discapacidad según la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea), el despido es nulo.

¿Y qué significa que un despido sea nulo? Básicamente, que el juez hace un «control Z». Es como si el despido nunca hubiera existido. La empresa tiene la obligación legal de readmitirte en tu puesto de trabajo en las mismas condiciones, pagarte todos los sueldos que has dejado de percibir desde el día que te echaron hasta el día de la sentencia (los llamados salarios de tramitación) y, además, podemos solicitar una indemnización adicional por daños morales basada en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). Estamos hablando de cuantías que pueden cambiarte la vida y que actúan como un verdadero castigo para las malas prácticas empresariales.

Las excusas más habituales en las cartas de despido en Roquetas de Mar

Llevo bastantes años viendo los mismos papeles una y otra vez. Las cartas de despido disciplinario por «disminución continuada y voluntaria del rendimiento» son las reinas de la función. Es un clásico. Te levantas un martes, vas a tu puesto en el almacén, en la oficina o en el invernadero, y te entregan un folio donde dicen que ya no trabajas como antes. Así, sin datos, sin comparar tus números con los de tus compañeros, sin avisos previos. Una plantilla estándar que compran en internet o les redacta una gestoría sin mirar el caso.

¿De verdad se piensan que un juez se va a tragar eso? Para que un despido por bajo rendimiento sea válido, la empresa tiene que aportar métricas objetivas, demostrar que esa bajada es voluntaria (es decir, que no rindes porque no te da la gana, no porque tu salud te lo impida) y que además es continuada en el tiempo. Si tu rendimiento ha bajado porque la empresa no ha adaptado tu puesto de trabajo a tus necesidades físicas o psíquicas, el problema no es tuyo; el incumplimiento es de ellos.

El empresario tiene el deber de garantizar la prevención de riesgos laborales y realizar los «ajustes razonables» para que puedas desempeñar tus funciones. Si en lugar de ayudarte a realizar tu trabajo de forma segura deciden que eres un «estorbo» y te mandan a la calle camuflando la discriminación tras un despido disciplinario, la estrategia de defensa está clara: atacar la falta de concreción de la carta y destapar el verdadero motivo espurio de la decisión.

La importancia vital del periodo de baja médica y la Ley 15/2022

Antes de julio de 2022, las empresas tenían relativa facilidad para despedir a trabajadores que estaban de baja médica prolongada pagando la improcedencia. Era injusto, pero la ley lo permitía en la práctica. Las cosas han cambiado radicalmente con la entrada en vigor de la Ley 15/2022, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.

Ahora, la enfermedad y la condición de salud son causas de discriminación protegidas de forma expresa. ¿Qué significa esto para ti si trabajas en una empresa de Roquetas de Mar con un contrato bonificado?

  • Si te despiden mientras estás de baja por incapacidad temporal, la empresa se mete en un jardín de dimensiones considerables.

  • Existe una presunción de que el despido se debe a tu estado de salud, salvo que la empresa tenga una causa económica o técnica tan brutal y evidente que justifique el cierre de tu sección o de toda la empresa.

  • La nulidad automática ya no es una quimera que solo se consigue en el Tribunal Supremo; es el punto de partida que defendemos en los Juzgados de lo Social de Almería cada semana.

No importa si la empresa es pequeña o una gran comercializadora agrícola. La ley es igual para todos. Si han utilizado tu baja médica o tu grado de discapacidad como la excusa real para aligerar la plantilla, la ley está de tu parte.

Cómo actuar en las primeras 48 horas tras la notificación

Si estás leyendo esto porque te acaban de entregar la carta de despido o intuyes que te la van a dar de forma inminente, mantén la cabeza fría. Sé que los nervios te comen por dentro y que la sensación de impotencia es tremenda, pero un error en los primeros minutos puede costar muy caro más adelante.

Lo primero y más importante: cuando te den a firmar la carta de despido y el finiquito, escribe siempre de tu puño y letra la frase «NO CONFORME» junto a la fecha del día actual, y luego firma. Da igual que el de recursos humanos te diga que es solo un trámite, que si no firmas no te pagan o que te va a costar cobrar el paro. Mentira. Firmar como «no conforme» no te impide cobrar la prestación por desempleo ni recibir el dinero que la empresa te ingrese voluntariamente; lo único que hace es dejar la puerta abierta de par en par para poder reclamar judicialmente. Si firmas a secas, estás aceptando que todo lo que dice ese papel es correcto, y revertir eso en un juzgado es como intentar subir el muelle de Aguadulce en bicicleta y con una marcha rota.

Lo segundo: no hables de más. No amenaces a la empresa con demandas ni entres en discusiones acaloradas. Coge tu copia de la carta, guarda los mensajes de WhatsApp que te haya mandado el jefe o el encargado (esos donde a veces se les escapa la verdad, como «si sigues de baja no podemos mantenerte») y respira.

Recuerda que el plazo para reclamar contra un despido es extremadamente corto: 20 días hábiles (no cuentan ni sábados, ni domingos, ni festivos). El tiempo vuela, y el papeleo previo para presentar la papeleta de conciliación ante el CMAC requiere precisión técnica. No dejes pasar las semanas pensando si denunciar o no; la estrategia se diseña desde el primer día.

El valor de una estrategia jurídica diseñada para el terreno

Encontrar el equilibrio entre la firmeza técnica que exige el derecho procesal y la realidad del tejido empresarial de nuestra comarca es la única forma de obtener resultados. No sirve de nada aplicar teorías jurídicas de libro si no se conoce cómo operan las empresas locales, qué criterios suelen seguir los juzgados de lo social de nuestra provincia o de qué manera se pueden acreditar los daños morales para que el juez los conceda sin pestañear.

Cada detalle cuenta: las actas del comité de empresa, el histórico de tus cotizaciones, el redactado exacto de las bonificaciones que la empresa se ha estado aplicando en sus seguros sociales y, sobre todo, los informes médicos que acreditan tu situación de vulnerabilidad. Todo ese puzle es el que desmonta las versiones prefabricadas de las empresas.

Cuando se plantea una demanda de este calibre, el objetivo inicial no es sentarse a esperar un milagro el día del juicio. Se trata de construir un caso tan sólido, tan semánticamente coherente y tan bien fundamentado desde el minuto uno, que la propia empresa se dé cuenta de que seguir adelante con el litigio les va a costar mucho más caro que llegar a un acuerdo satisfactorio para ti. Y si deciden ir a juicio, que el magistrado lo tenga cristalino nada más leer nuestro escrito de demanda. Tu tranquilidad y tu dignidad laboral no son negociables.

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