En VRM abogados nos encargamos de la tramitación completa de tu expediente de nacionalidad. Como suele ocurrir en numerosas ocasiones, muchas personas que reúnen los requisitos legalmente previstos para iniciar la tramitación del expediente de nacionalidad española por esta vía, rechazan la oportunidad que les brinda la Ley de Memoria Democrática por medio -mayormente- a la inmensa burocracia. Sin embargo, desde nuestro de despacho VRM abogados de Roquetas de Mar, nos encargamos de la tramitación completa del expediente para que tú no tengas que hacerlo.
Ley de Memoria Democrática
Según establece la Ley de Memoria Democrática, podrán iniciar el expediente de nacionalidad española todas aquellas personas que, habiendo nacido fuera del territorio español, cuenten con padre, madre, abuelo o abuela de nacionalidad española. Concretamente, podrán iniciar la tramitación de la nacionalidad:
- Toda persona nacida fuera de España y que cuente con un padre, madre, abuelo, o abuela originariamente español —que hubieran perdido o hubieran renunciado a ella como consecuencia de un exilio por razones políticas, ideológicas, de creencia, o de orientación e identidad sexual.
- También podrán acceder a ella los descendientes de una mujer española que hubiese perdido su nacionalidad por casarse con una persona extranjera antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978
- Y los hijos o hijas mayores de edad de ciudadanos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen con la Ley de Memoria Histórica de 2007, en virtud del derecho de opción, e incluso a los hijos/as de quienes hubieran adquirido la nacionalidad española con la nueva ley de Memoria Democrática.
Otro requisito que establece la propia ley es el plazo para el inicio del derecho de opción. En este caso, la ley establecía un plazo de dos años que, posteriormente, ha sido ampliado hasta octubre de 2025.
Documentación necesaria
En lo que respecta a la documentación que necesitas, es muy sencillo. En concreto, será necesario para el inicio del trámite del expediente de nacionalidad española, lo siguiente:
- Tu certificado de nacimiento.
- El certificado de nacimiento de tu padre, madre, abuelo o abuela expedida por un Registro Civil español.
- Copia del pasaporte completo y el NIE en vigor, así como cualquier otra documentación identificativa.
Por lo tanto, si tu intención es acceder a la nacionalidad española y reúnes los presupuestos legalmente previstos, desde VRM Abogados te ayudamos. No dudes en contactar con nuestro despacho de abogados en Roquetas de Mar. Te asesoramos, resolveremos todas las dudas y te acompañaremos a lo largo de todo el proceso de tramitación de tu expediente de nacionalidad.