Nuestro equipo de abogados en Roquetas de Mar, especialistas en divorcios, te lo detallan paso por paso a continuación:
Desde el pasado año 2015, se introdujo una novedad fundamental de la mano de la Ley 15/2015, 2 de Julio de Jurisdicción Voluntaria consistente en la posibilidad de iniciar un procedimiento de separación o divorcio de mutuo acuerdo ante Notario, cuya facultad, hasta ese momento, correspondía, únicamente, al Juez.
Sin embargo, tal y como afirman nuestros abogados de familia de Roquetas de Mar, han de concurrir ciertos requisitos para poder llevar a cabo el divorcio notarial:
1.- En primer lugar, no cabe la firma del divorcio notarial en cualquier Notaría, sino que tiene que realizarse ante el Notario del último domicilio común o el del domicilio o residencia habitual de cualquiera de los cónyuges.
2.- Es requisito imprescindible que hayan transcurridos 3 meses desde la celebración del matrimonio.
3.- Que no existan hijos menores o discapacitados. En caso contrario, la competencia para iniciar los trámites de la separación o el divorcio corresponderán al Juez del último domicilio común de los cónyuges.
4.- Es imprescindible que exista acuerdo entre los cónyuges respecto de las medidas a adoptar. La escritura de divorcio, deberá recoger la voluntad manifiesta de los cónyuges de disolver su matrimonio así como las medidas que regirán en adelante una vez se haya firmado el divorcio ante Notario.
5.- Los cónyuges han de asistir de forma personal obligatoria a la firma de la escritura ante Notario. No cabe la representación a través del abogado.
6.- Será necesaria la asistencia de abogado, ya que será dicho abogado quien asesorará al matrimonio, redactará el borrador del Convenio Regulador de divorcio que luego firmarán los cónyuges ante Notario, firmando también la escritura de divorcio.
Por otra parte y, en lo que respecta a la documentación necesaria para proceder al divorcio ante Notario, nuestros abogados especialista en divorcios de Roquetas de Mar, te lo explican:
– Será imprescindible la presentación del DNI de cada uno de los cónyuges.
– Certificado de empadronamiento.
– Libro de Familia así como el Certificado de Inscripción de Matrimonio en el Registro Civil.
– Certificado de Nacimiento los hijos mayores de edad, en caso de que existiesen
– Convenio Regulador redactado por el Letrado previamente firmado por los cónyuges.
Tal y como se ha expuestos por nuestros Abogados de divorcios de Roquetas de Mar, estos serían los presupuestos que han de concurrir para poder proceder a la firma de tu divorcio ante Notario. No obstante, si tienes más dudas no dudes en contactar con nuestro despacho de abogados VRM ABOGADOS en Roquetas de Mar.